Documentación necesaria para el Certificado Médico
- DNI, NIE o Pasaporte original en vigor
- Impreso de Certificado Médico Oficial de venta en farmacias y estancos
Sobre el Certificado Médico para Submarinismo Deportivo
Orden de 14 de Octubre ( BOE núm. 280 de 22 de noviembre BOE, nº280 22/11/1997 ), emitida ya por el Ministerio de Fomento
Capitulo IV. Disposiciones complementarias Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.
- Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
- Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
- Los reconocimientos periódicos serán obligatorios para acceder a cualquier título o certificado que habilite para someterse a un medio hiperbárico, aparte del examen inicial (éste debe figurar en un certificado médico oficial).
- Se repetirán anualmente en el caso de los buceadores y buzos profesionales. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
- Se repetirán cada dos años en el caso de los buceadores deportivo-recreativos. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.