Documentación necesaria para el Certificado Médico

  • DNI, NIE o Pasaporte original en vigor
  • Impreso de Certificado Médico Oficial de venta en farmacias y estancos

Sobre el Certificado Médico para Submarinismo Deportivo

Orden de 14 de Octubre ( BOE núm. 280 de 22 de noviembre BOE, nº280 22/11/1997 ), emitida ya por el Ministerio de Fomento

Capitulo IV. Disposiciones complementarias Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.

  1. Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
  2. Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
  3. Los reconocimientos periódicos serán obligatorios para acceder a cualquier título o certificado que habilite para someterse a un medio hiperbárico, aparte del examen inicial (éste debe figurar en un certificado médico oficial).
  4. Se repetirán anualmente en el caso de los buceadores y buzos profesionales. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
  5. Se repetirán cada dos años en el caso de los buceadores deportivo-recreativos. Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
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